viernes, 27 de mayo de 2011

Desde el 1 de julio serán incompatibles la pensión y el ejercicio privado

Pese a que los MIR tenemos muy lejano nuestro periodo de jubilación... (cada vez mas...) es interesante divulgar esta noticia que muestra hasta donde están llegando los recortes en sanidad... un pequeño paso para la economía pero un gran paso para dinamitar la independencia y dignidad del médico.

Tal y como se adelantó en la página web de CESM el pasado 6 de abril ("Una Orden Ministerial impedirá el ejercicio privado a los médicos jubilados") el BOE ha publicado ayer la orden que establece incompatibilidad entre “la percepción de la pensión de jubilación del sistema de la Seguridad Social con la actividad desarrollada por cuenta propia por los profesionales colegiados”, que se adjunta íntegra en dicha web. www.cesmaragon.org
La medida no tiene carácter retroactivo. Su entrada en vigor se fija para el próximo mes de julio, por lo que sólo afectará a quienes se jubilen a partir de entonces y deseen seguir ejerciendo su actividad como profesionales liberales.
En resumen, desde el 1 de julio no se permitirá el ejercicio libre de la profesión si se está cobrando una pensión de jubilación.
Hasta ahora, ésto era posible para los médicos que trabajaban en el ejercicio privado con anterioridad a 1995, exentos por tanto de estar de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, aunque pudieran tener derecho a una pensión (por su trabajo en el sector público, p. ej.).
Pero no será de aplicación a partir dl 1º de julio, por lo que es especialmente interesante que los médicos con ejercicio público y privado anterior a 1995, valoren la posibilidad de solicitar la pensión de jubilación (si tienen derecho a ella) antes de esa fecha.

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